viernes, 1 de julio de 2011

Homicidio de Luis Caamaño




ESE FUE UNO DE LOS MOTIVOS POR LOS CUALES NO HIZO LUGAR A LA PRISION PREVENTIVA QUE PIDIO LA FISCALIA PARA EL IMPUTADO ARIEL ALEJANDRO ALVAREZ

El juez y el defensor dudan


sobre el reconocimiento

El juez penal, Mariano Nicosia, no hizo lugar a la prisión preventiva que solicitó la Fiscalía para el imputado como presunto autor del homicidio de Luis Caamaño (24) –ocurrido el 21 de mayo en Kilómetro 8—tras coincidir con el argumento de la defensa respecto a la duda que generó el reconocimiento efectuado por el padre de la víctima. Es que el hombre, antes de la rueda, admitió que el día del velorio de su hijo le mostraron una foto de Ariel Alejandro Álvarez (24).

En una audiencia de apertura de investigación que se desarrolló el martes último contra Ariel Alejandro Álvarez, la funcionaria de Fiscalía Stella Maris Prada lo imputó provisoriamente como autor del delito de homicidio simple. En esa misma jornada se efectuó una rueda de reconocimiento con dos testigos: uno de ellos --un almacenero que le vendió una cerveza-- lo reconoció por haberlo visto a unas dos cuadras del lugar del hecho. El otro fue el padre de la víctima, quien lo sindicó como el autor de los disparos. De todas formas y al ser consultado por el defensor Leopoldo Puricelli, admitió que el día del velorio de su hijo los amigos le mostraron una foto del imputado que bajaron del facebook.
Tras el reconocimiento positivo, la funcionaria de Fiscalía le consultó al juez cómo hacían con la medida de coerción y éste le respondió que presente la conrrespondiente nota, por mesa de entrada, solicitándole a tal efectos una audiencia.
Al día siguiente, desde la Fiscalía se hizo el pedido por escrito adelantándole al magistrado la solicitud de una medida de coerción para el imputado, la cual finalmente se llevó a cabo el jueves --30 de junio de 2011-- y estuvo presidida por el juez natural de la causa, Mariano Nicosia.

RECLAMO
DE PRISION
Ante él, la funcionaria del órgano acusador reclamó la prisión preventiva del imputado porque a su entender existen elementos de convicción suficiente para tenerlo como probable autor del hecho que se le imputó. Además, se apoyó en el resultado positivo del reconocimiento y en torno a ello advirtió que se dan los presupuestos que fija el Código Procesal Penal para el dictado de una medida privativa de la libertad, como lo es el peligro de fuga y de entorpecimiento de la investigación.
A su turno, el defensor cuestionó la prisión preventiva que solicitó la Fiscalía y se refirió a las dudas que surgieron a partir de la rueda de reconocimiento, en virtud de la afirmación del testigo al admitir que había visto antes una foto del imputado. Para ello, el defensor también expuso jurisprudencia y sostuvo que “se contaminó el recuerdo del testigo, por lo que no es creíble”.
En cuanto al peligro de fuga aseguró que tampoco existe tal presupuesto porque su asistido se presentó cada vez que fue convocado por la Justicia y compareció a las audiencias, incluso a sabiendas que se pediría su prisión preventiva.
Tras resaltar que el imputado tiene arraigo comprobado en Comodoro Rivadavia, pidió la libertad y en forma subsidiaria, algunas de las medidas sustitutivas de la prisión preventiva que fija el artículo 227 del Código Procesal Penal del Chubut, como el arresto domiciliario, la presentación semanal ante un organismo a determinado y la prohibición de salir de la ciudad sin autorización.

MEDIDAS
SUSTITUTIVAS
Después de un cuarto intermedio, el magistrado reanudó la audiencia y recordó que pocas horas después del hecho la Fiscalía había pedido un allanamiento y la detención de otro sujeto –cuya identidad reserva DDP para no entorpecer la investigación—luego de que el padre de la víctima, previo observar el álbum fotográfico de la Brigada de Investigaciones, los sindicara con un cien por ciento de seguridad, que fuera el autor del homicidio.
En esa ocasión, el juez autorizó el allanamiento pero la detención de aquella persona la dejó supeditada al secuestro del arma de fuego y la presencia del sospechoso en el domicilio allanado. Finalmente, el arma no se encontró en esa oportunidad y el sospechoso tampoco fue detenido.
A pesar de todas esas dudas, el juez Nicosia no anuló la prueba de reconocimiento en esta instancia pero tampoco hizo lugar a la prisión preventiva, sino que resolvió ordenar la presentación semanal de imputado en la Oficina Judicial, le prohibió ausentarse de la ciudad sin autorización y tampoco podrá acercarse a los testigos, ni familiares de la víctima.

martes, 21 de junio de 2011

Más corta y con foto

LA FISCALIA DE TRELEW IMPUTO A UN MATRIMONIO Y SU HIJO POR HOMICIDIO PREMEDITADO. LES DICTARON UN MES DE PRISION PREVENTIVA

Paso de Indios: lo habrían

matado por una venganza

En el marco de la causa que lleva a cabo la Fiscalía de Trelew por el homicidio del anciano Rosendo Parra –ocurrido el 21 de marzo de 2011 en la localidad de Paso de Indios--, se formalizó la investigación a 3 integrantes de una familia. Se trata de un matrimonio y su hijo mayor, a quienes se los imputó por homicidio premeditado, delito que tiene prisión perpetua. La juez que presidió el control de detención les dictó un mes de prisión preventiva. Los investigadores creen que el crimen pudo estar motivado por una venganza.

El matrimonio integrado por Néstor Ovejero y Beatriz Caucamán, junto al hijo de ambos, Juan José Ovejero, fue imputado por homicidio premeditado. Este delito está normado por el artículo 80, inciso 6°, del Código Penal y fija penas de prisión perpetua.
A ellos se les atribuye haber asesinado a Rosendo Parra, un anciano con capacidades diferentes que murió el 21 de marzo producto de los garrotazos que recibió en la cabeza y otras partes de su cuerpo, mientras se encontraba en su domicilio de la localidad de Paso de Indios.
Los investigadores creen que el homicidio de Rosendo sería parte de una venganza, a partir de un hecho ocurrido el 21 de noviembre de 2010 con un familiar suyo, Valeriano "El Gallo" Parra, quien en esa jornada habría cortado con un cuchillo a Juan José y toda la parentela habría jurado vengarse.
En base a los testimonios que logró reunir el fiscal César Zarategui, se produjo la detención y durante la audiencia que presidió la juez penal de Trelew, Patricia Asaro, se les notificó la apertura de investigación en su contra y se pidió la prisión preventiva de los 3.

EL HECHO
Según el relato que ofreció el fiscal sobre el hecho, los integrantes de la familia Ovejero son los sindicados como posibles homicidas de Parra. Al respecto señaló que entre las 23 del 21 de marzo del corriente y la 1:30 del día siguiente, la víctima se encontraba sola en su vivienda y habría sido atacada por las tres personas detenidas, quienes con un garrote le aplicaron diversos golpes en el cuerpo y la cabeza, produciéndole heridas graves que derivaron en su muerte.
En otro tramo de su presentación, sostuvo que la autoría se sustenta con los testimonios brindados por varias personas, quienes se habrían referido a la planificación hecha por los imputados. Además, aseguró que uno de los testigos pudo observar cuando se dirigieron a la vivienda de Parra con una madera muy parecida al mango de un hacha y luego escuchó los golpes y gritos de la víctima.
Ese testigo confesó que después los vio salir corriendo del lugar y él se acercó a la escena del crimen, encontró la puerta abierta y al anciano tirado en el suelo.
El representante del Ministerio Fiscal también sostuvo que el testigo fue amenazado y recibió una golpiza con el propósito de que no contara todo lo que conoce sobre el caso.
A todo esto se supo que la noche del crimen la víctima habría sido vigilada por sus agresores. Ellos se encontraban en el bar “La Mestiza”, que suele ser atendido por la mujer imputada. Además, en el boliche habría quedado el hijo menor del matrimonio mientras sus padres y su hermano mayor se dirigían a la casa de la víctima a consumar su plan.
A su turno, la juez le ofreció la palabra a los imputados y cada uno de ellos se declaró inocente. Incluso, reconocieron que existió un problema con "El Gallo" Parra, a quien denunciaron como provocador y violento, pero aclararon que con Rosendo tenían buena relación y se manifestaron dispuestos a colaborar con la investigación para que todo se aclare.
De todas formas, la magistrado les dictó un mes de prisión preventiva por los peligros procesales de fuga y entorpecimiento de la investigación.



















Los tres quedaron imputados por homicidio premeditado.